jueves, 9 de junio de 2011

Del adulterio hablamos en cinco años: Atte. El Congreso.

El día de ayer el Diario Oficial de la Federación publicó una reforma que para muchos pasó inadvertida y que hoy es vigente, me refiero a la derogación de los artículos 273 a 276 y del Capítulo IV todos ellos incorporados en el Título Decimoquinto del Libro Segundo del Código Penal Federal y por si me lo preguntan esas disposiciones regulaban el adulterio que con la entrada en vigor del Decreto deja de ser un delito de carácter federal.

Se preguntaran el porque de este post, muy sencillo, me llamó la atención la desaparición de ese delito del Código Penal Federal así que me puse a investigar un poco y miren lo que encontré.

Resulta que la iniciativa la presentó el 27 de abril de 2006 (si, leyeron bien, 2006) el entonces Diputado Federal por el Partido Verde Ecologista de México Jorge Kahwagi Macari y fue hasta dos años dos días después (30 de abril de 2008) que el pleno de la Cámara de Diputados conoció el dictamen que le recayó a esa propuesta legislativa.

Las razones que obligaron, por así decirlo, a los legisladores federales a proponer la derogación del delito de adulterio es una cuestión, entre otras, de competencias ya que en el dictamen la Comisión de Justicia dispuso:

“…Por otro lado, no cabe duda que uno de los objetivos de toda ley es su eficaz cumplimiento; esta comisión considera que difícilmente podríamos considerar algún caso en materia federal, en el que pudiese ser aplicable esta norma, sin duda este tipo de conductas serían los supuestos de cada día en las agencias del Ministerio Público y en los Juzgados de Paz Penales pero del fuero común, pero de ninguna manera sería competencia de la Procuraduría General de la República y de los Juzgados de Distrito en términos de lo señalado por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación…”

Palabras más, palabras menos, en la creencia de los Diputados y en los hechos muy difícilmente el Ministerio Público de la Federación se encargaría de atender un caso de adulterio, eso les corresponde a los MP´s locales y en materia de divorcio a los Juzgados Civiles.

Pero nuestro post no está dirigido a analizar las razones de la derogación del adulterio como delito federal, lo que nos llama la atención es el tiempo que se tardó el Congreso de la Unión en mandársela al Presidente para que la sancionara y publicara en el Diario Oficial de la Federación.

Como ya dijimos la iniciativa se presentó el 27 de abril de 2006 y se votó favorablemente por la H. Cámara de Diputados el día 30 de abril de 2008, esto es, los Diputados se tardaron en aprobarla 2 años.

La minuta con el proyecto de Decreto de derogación del adulterio fue recibido por los Senadores el mismo 30 de abril de 2008 y fue votada, previos los trámites legislativos correspondientes, por el Pleno de esa distinguida y muy ocupada Cámara el 23 de marzo de 2011, esto es, los amos y señores de la Cámara Alta se tardaron tres años en revisar, aprobar y presentar ante el Pleno la propuesta para derogar un Capítulo con cuatro artículos del Código Penal Federal.

La reforma propuesta por Kahwagi se publicó el día de ayer 8 de junio de 2011, esto es, cinco años después de que la propuso, CINCO AÑOS para derogar cuatro artículos, si eso ocurre con las cosas que parecen sencillas que nos espera con las cuestiones importantes y trascendentales.

Creo que ya es hora de exigir que los Diputados y los Senadores se pongan a trabajar, parece, por lo que se lee, que están echando competencias para ver quien se tarda más en dictaminar una iniciativa. Eso parece.

Ustedes que opinan.

Espero comentarios.

Saludos.

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